domingo, 21 de diciembre de 2008

Nombramiento en el Ministerio de Comunicación


San José, 16 de diciembre de 2008.

COLEGIO DE PERIODISTAS DE COSTA RICA

MINISTERIO DE COMUNICACIÓN

CONSIDERANDO:


1- La decisión del presidente Óscar Arias de abrir la cartera de Comunicación en su gobierno.

2- La importancia que tiene para el gobierno y para el país el que se habilite, aunque tardíamente, un ministerio en un área tan estratégica para la administración del Ejecutivo.

3- La necesidad de que tal ministerio esté a cargo de una persona con preparación profesional en comunicación, calificada para ejercer debidamente tan estratégicas funciones.

4- Lo señalado por el artículo 24 de la ley 4420 que a la letra dispone: "… los cargos de director, jefe o encargado de las oficinas de relaciones públicas y divulgación o prensa de las instituciones públicas, también deberán ser desempeñados por periodistas colegiados."

5- Que si se exige para las oficinas señaladas que la jefatura sea ejercida por un profesional colegiado, con mayor razón es imperativo que quien ocupe el cargo de ministro o ministra de Comunicación, cumpla dicho requerimiento establecido por la ley.

6- La obligatoriedad moral y legal de que quien ejerza ese cargo sea miembro del Colegio de Periodistas de Costa Rica, de manera que, en el ejercicio de sus funciones, se someta a lo establecido por el Código de Ética de esta institución.

7- Que es obligación de todo funcionario público someterse al ordenamiento jurídico, así como del Gobierno de la República, ser ejemplo del respeto a la ley.


ACUERDA:


1- Respaldar al señor presidente Oscar Arias por su decisión de poner en marcha el ministerio de Comunicación.

2- A la luz de la legislación costarricense y del interés nacional, solicitar al Mandatario el nombramiento de una profesional o un profesional en comunicación, como jerarca de esa cartera.

3- Igualmente, en acatamiento de la ley, demandar que la persona por nombrar en ese puesto, sea miembro del Colegio de Periodistas, de manera que sus funciones estén supeditadas al Código de Ética de esta institución.

4- Rechazar, por tanto, cualquier nombramiento que se aparte de lo expuesto en el presente manifiesto.


JUNTA DIRECTIVA.

COLEGIO DE PERIODISTAS DE COSTA RICA.